(Os artigos da seguinte entrada están en castelán por falta de tempo para pasálos ao galego)
3. Xustificación da nosa campaña
d) Os dereitos humanos na nosa campaña:
Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la
seguridad de su persona.
2- Artículo 12
Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada,
su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su
reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales
injerencias o ataques.
3- Artículo 19
Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de
expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus
opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de
difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.
4- Artículo 22
Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la
seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación
internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado,
la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales,
indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.
5- Artículo 25
Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le
asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la
alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios
sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo,
enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de
subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.
6- Artículo 27
Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida
cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso
científico y en los beneficios que de él resulten.
e) Os dereitos e deberes na Constitución Española:
Artículo 10
La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son
inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los
derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social.
Artículo 14
Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer
discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o
cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
Artículo 15
Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral,
sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos
inhumanos o degradantes. Queda abolida la pena de muerte, salvo lo que puedan
disponer las leyes penales militares para tiempos de guerra.
Artículo 18
Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y
familiar y a la propia imagen.
Artículo 43
Se reconoce el derecho a la protección de la salud.
f) Declaracións, protocolos ou leis:
Artículo 24
Los niños tienen derecho a disfrutar del más alto nivel posible de
salud y a tener acceso a servicios médicos y de rehabilitación, con especial
énfasis en aquéllos relacionados con la atención primaria de salud, cuidados
preventivos y disminución de la mortalidad infantil. Es obligación del Estado
tomar las medidas necesarias, orientadas a la abolición de las prácticas
tradicionales perjudiciales para la salud del niño.
Artículo 33
Es derecho del niño ser protegido del uso de estupefacientes y
sustancias psicotrópicas y se impedirá que esté involucrado en la producción o
distribución de tales sustancias.3. Xustificación da nosa campaña
d) Os dereitos humanos na nosa campaña:
Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la
seguridad de su persona.
2- Artículo 12
Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada,
su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su
reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales
injerencias o ataques.
3- Artículo 19
Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de
expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus
opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de
difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.
4- Artículo 22
Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la
seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación
internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado,
la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales,
indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.
5- Artículo 25
Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le
asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la
alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios
sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo,
enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de
subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.
6- Artículo 27
Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida
cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso
científico y en los beneficios que de él resulten.
e) Os dereitos e deberes na Constitución Española:
Artículo 10
La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son
inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los
derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social.
Artículo 14
Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer
discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o
cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
Artículo 15
Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral,
sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos
inhumanos o degradantes. Queda abolida la pena de muerte, salvo lo que puedan
disponer las leyes penales militares para tiempos de guerra.
Artículo 18
Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y
familiar y a la propia imagen.
Artículo 43
Se reconoce el derecho a la protección de la salud.
f) Declaracións, protocolos ou leis:
Artículo 24
Los niños tienen derecho a disfrutar del más alto nivel posible de
salud y a tener acceso a servicios médicos y de rehabilitación, con especial
énfasis en aquéllos relacionados con la atención primaria de salud, cuidados
preventivos y disminución de la mortalidad infantil. Es obligación del Estado
tomar las medidas necesarias, orientadas a la abolición de las prácticas
tradicionales perjudiciales para la salud del niño.
Artículo 33
Es derecho del niño ser protegido del uso de estupefacientes y
sustancias psicotrópicas y se impedirá que esté involucrado en la producción o
distribución de tales sustancias.